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OK | POLÍTICA DE COOKIESComunicación al Ayuntamiento de un nuevo domicilio general a efectos de notificaciones.
Cualquier persona física o jurídica como parte interesada.
Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para enviarlos al Registro electrónico del Ayuntamiento al completar el último paso del trámite.
Iniciar trámite>Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para crear una instancia oficial. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Iniciar trámite>Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenar la información solicitada, imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>Gratuito.
La solicitud puede realizarse en cualquier momento.
CANALES DE PRESENTACIÓN:
Registros del Ayuntamiento de Pamplona.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Oficina de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento de Pamplona.
Oficina de Atención al Contribuyente por Videollamada.
Ninguno.
IMPRESOS DE SOLICITUD:
Impreso obtenido en la unidad tramitadora, enviado por el servicio 010 o descargado de la web municipal (instancia general).
Escrito indicando: nombre, apellidos y firma de la persona titular; domicilio antiguo y nuevo; número de DNI o CIF; tipo de
recibo principal a cambiar (circulación, IAE, etc.).
En caso de que los datos sean incompletos o erróneos no se procederá a la solicitud. Se intentará contactar con la persona
interesada.
ENTREGA DE LA SOLICITUD:
Envío por correo postal.
Envío por e-mail: domiciliaciones@pamplona.es
En el caso de que la personal solicitante sea distinta de la persona titular, además de su DNI, deberá presentar fotocopia
del DNI y autorización de la persona titular.
PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta
gestión del trámite.
Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra (Ley 2/1995, de 10 de marzo; BON núm. 36 de 20/3/95).
Departamento de Tributos Periódicos del Ayuntamiento de Pamplona (antiguo catastro)