Ayuda del Simulador de plusvalias
El cálculo se realiza tras pulsar el botón Calcular.
El Simulador permite realizar el cálculo de la cuota para los casos en los que en una misma transmisión se realizará la adquisición de más de un inmueble, por ejemplo: piso, garaje y trastero: la operatoria es introducir los datos correspondientes a cada inmueble y pulsar el botón Calcular cada vez, se irán acumulando en Total Base Imponible y Cuota el montante final de la simulación.
Si por el contrario, se quisiera eliminar uno de los inmuebles introducidos, basta con seleccionar la fila correspondiente y pulsar Borrar la fila seleccionada, actualizándose en este caso el Total Base Imponible y Cuota correspondientes a los inmuebles restantes.
Mediante la pulsación del botón Limpiar Datos, se borrarán todos los datos introducidos hasta el momento y se permite la realización de una nueva Simulación de Cálculo.
Cálculo de cuota con el "Sistema Objetivo"
Fecha Nueva Transmisión: Se indicará el día, mes y año real de la transmisión para la que se quiere realizar la simulación del cálculo. Hay que entender esta fecha como la del otorgamiento del documento público, aunque en el supuesto de que la transmisión haya sido por herencia, esta fecha corresponde a la fecha de defunción del transmisor.
Fecha Anterior Transmisión: Se anotará día, mes y año de la anterior transmisión del inmueble, la cual puede ser:
- - La fecha en la que el transmisor lo adquirió por una transmisión intervivos sujeta al impuesto (compraventa, donación no directa, dación en pago, adjudicación judicial…)
- - En caso de que éste lo hubiera heredado:
- Si la herencia fue directa ( de ascendientes, descendientes o cónyuges), la fecha en la que éstos adquirieron el inmueble por una transmisión intervivos sujeta al impuesto (compraventa, donación no directa, dación en pago…).
Ejemplo: si se heredó de los padres, la fecha en la que éstos lo compraron. - Si la herencia fue no directa, (hermanos, tíos, pareja estable….) la fecha de defunción del causante.
- Si la herencia fue directa ( de ascendientes, descendientes o cónyuges), la fecha en la que éstos adquirieron el inmueble por una transmisión intervivos sujeta al impuesto (compraventa, donación no directa, dación en pago…).
Valor Catastral Suelo: Se indicará el 100 % del valor catastral de suelo. Este dato podrá ser consultado por las siguientes vías:
- - A través del 010, solicitando el volante de Tenencia o No de propiedades inmuebles que podrán enviarle directamente a su domicilio fiscal.
- - En la Oficina de Atención al Contribuyente en C/ Mercado 7-9 planta baja, con cita previa solicitada a través del 010 o de www.pamplona.es, si es el propietario de los inmuebles o dispone de una autorización de éste y copia de su DNI.
- - Mediante la consulta directa a través de la carpeta ciudadana - Consultas de información - Consulta de hechos (es necesario tener certificado digital o estar registrado en Cl@ve).
% que se transfiere: Es el porcentaje de participación transmitido sobre el inmueble.
Total Base Imponible: Para determinar su importe el simulador, aplicará el porcentaje transmitido al valor catastral del terreno, la cantidad resultante se multiplicará por el coeficiente correspondiente al número de años completos transcurridos entre transmisiones, (con un máximo de 20 años) de los que figuran en la Ordenanza del año en que ocurre la transmisión que regula el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Cuota: Es el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen correspondiente al año en que se realiza la transmisión.
Cálculo de cuota con el "Sistema Directo"
Valor de transmisión: Se indicará el valor del inmueble sin IVA que conste en el documento público de escritura de transmisión para la que se quiere realizar la simulación del cálculo. En el caso de que la transmisión haya sido por herencia no directa, este valor será el que conste en escritura de aceptación de herencia/relación de bienes del caudal hereditario del Impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Valor de adquisición: Se indicará el valor del inmueble que conste en documento público de escritura de adquisición, que puede ser:
- - El valor en escritura de compra (sin IVA) por el que el transmisor lo adquirió
- - En el caso de que éste lo haya heredado:
- Si la herencia fue directa (de ascendientes, descendientes o cónyuges), el valor en escritura de compra (sin IVA) por el que el causante lo adquirió.
Ejemplo: si se heredó de los padres, el precio por el que éstos lo compraron. - Si la herencia fue no directa, (hermanos, tíos, pareja estable…) el valor que conste en la relación de bienes del caudal hereditario del Impuesto sobre sucesiones y donaciones.
- Si la herencia fue directa (de ascendientes, descendientes o cónyuges), el valor en escritura de compra (sin IVA) por el que el causante lo adquirió.
% Repercusión del suelo: (Valor Catastral del Suelo/Valor Catastral Total) * 100.
Total base imponible: Para determinar su importe el simulador aplicará a la diferencia entre valor de transmisión y valor de adquisición el porcentaje de repercusión del suelo.
Cuota: Es el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen correspondiente al año en que se realiza la transmisión.