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OK | POLÍTICA DE COOKIESEl Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona permite la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a su ámbito.
La creación y regulación de este Registro Electrónico se lleva a cabo mediante la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Son susceptibles de registro de entrada en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona las solicitudes, escritos y comunicaciones que se escriban en documentos electrónicos basados en los modelos específicos de solicitud que se encuentren en cada momento en la sede electrónica del Ayuntamiento y firmados electrónicamente.
Los modelos mencionados están diseñados con el formato PDF, formato de documento portátil y los podrá encontrar tras los enlaces "Descargar instancia". Para ello es necesario que esté instalado en su máquina el programa Adobe Reader (versión 9 o superior); se trata de un producto gratuito que se puede descargar fácilmente de Internet.
Además de los modelos específicos puede encontrar en la portada de la sede electrónica del Ayuntamiento un modelo de "instancia general".
Tras la descarga del modelo de instancia puede abrirla, rellenarla, adjuntar los documentos que estime oportunos y firmarla electrónicamente.
Formatos de documentos:
Formatos contenedores:
Formatos de imagen:
Formatos de audio:
El Registro Electrónico del Ayuntamiento admitirá instancias que ocupen como máximo 8 Megabytes (8 MB).
La utilización del Registro Electrónico tendrá carácter voluntario para la ciudadanía, excepto para los supuestos de utilización obligatoria establecidos por ley, o por las normas de creación de futuros procedimientos electrónicos en los que se exija la presentación de solicitudes, escritos o comunicaciones a través del registro referido.
La creación y regulación de este Registro Electrónico se lleva a cabo mediante la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
El firmante del documento podrá acreditar su identidad ante el Registro Electrónico mediante los sistemas de firma electrónica relacionados en el Artículo 9 de la Ordenanza mencionada. En particular, la identificación y firma de personas físicas mediante la utilización del documento nacional de identidad electrónico serán admitidas en todos los casos.
Siempre que la instancia electrónica se reciba a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, recibirá automáticamente por el mismo medio un justificante acreditativo de la entrega de la instancia y de los documentos que acompañen a la misma. Ese justificante estará firmado electrónicamente con el certificado de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona para garantizar la integridad y el no repudio de los documentos aportados y tendrá el siguiente contenido:
Si no se recibe el justificante mencionado anteriormente recibirá una advertencia indicativa del error o deficiencia en la transmisión. Este hecho implicará que el Ayuntamiento de Pamplona no ha recibido su instancia, debiendo realizar su presentación en otro momento o utilizando otros medios.
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