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Sede Electrónica

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Factura electrónica

Qué es

Una factura electrónica es una factura que se expide y recibe en formato electrónico y tiene los mismos efectos legales que una factura en papel. Contiene los mismos datos que la factura en papel y va firmada digitalmente basándose en un certificado reconocido.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Para enviar la factura electrónica es necesario realizar estos 3 pasos:

  1. 1. Generar la factura.
  2. 2. Firmar electrónicamente la factura. Qué es la firma electronica.
  3. 3. Hacer el envío online.

Para generar y firmar la factura será necesario identificarse a través de la plataforma centralizada de las Administraciones Públicas del Estado: Cl@ve.

Cualquiera de estos pasos se pueden realizar desde programas informáticos instalados en tu ordenador y/o desde los siguientes enlaces web. Clica el enlace correspondiente según lo que necesites hacer:

Quiero generar, firmar y enviar la factura:

Ya tengo la factura generada. Quiero firmar y enviar la factura:

Ya tengo la factura generada y firmada. Quiero enviar la factura:

Requisitos de la factura

Firma electrónica

La factura debe estar firmada electrónicamente. Consulta el enlace Cómo conseguir mi certificado digital para más información.

Formato facturae

La factura debe ser un archivo facturae, es decir, tener la extensión .xml o .xsig. No se admiten otros formatos. Por ejemplo, una factura llamada "mifactura1.xml" es válida pero una de nombre "mifactura1.PDF" no.

Dónde consulto el estado de mis facturas

En el apartado Mis Facturas dentro de Mi carpeta Ciudadana puedes consultar las facturas enviadas, fecha y hora de registro, y su estado de tramitación.

Importe

Gratuito.

Enlaces de interés

Pagos

PLAZO ESTIMADO: con carácter general 30 días naturales desde la recepción de la factura en Registro municipal y en contratos de obras 60 días.

SILENCIO ADMINISTRATIVO: negativo.

RESOLUCIÓN: Alcaldía o concejalías delegadas por razón del importe. La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

Códigos DIR3

Dependiendo de qué Unidad tramitadora sea la destinataria de la factura, debes incluir los códigos DIR3 de Entidad, Registro Contable, Órgano Gestor y Unidad Tramitadora, según se especifican en este enlace.

Otros sitios web para generar facturas electrónicas

  • http://www.face.gob.es: aplicación de descarga gratuita para generar facturae. Envío desde la web.
  • http://www.facturae.es: aplicación "Gestión de Facturación Electrónica" para sistemas operativos Windows, MacOs y Linux.

Normativa

  • LEY FORAL 2/1995, DE 10 DE MARZO, DE HACIENDAS LOCALES DE NAVARRA (BON, nº 36, de 20 de marzo de 1995).
  • LEY FORAL 6/2006, DE 9 DE JUNIO, DE CONTRATOS PÚBLICOS (BON, 72, 16 de junio de 2006).
  • LEY FORAL 1/2007, de 14 de febrero, de modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en materia de contratación local.
  • DECRETO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA (BON de fecha 21-1-05).
  • ORDEN PRE/2971/2007 de 5 de octubre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos.
  • Ley 25/2013 de 27 de diciembre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla.

Órgano gestor

Área de Economía Local Sostenible - Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona