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OK | POLÍTICA DE COOKIESPresentar declaración responsable para actuaciones comunicadas de obras interiores en viviendas, siempre que no afecten al
cumplimiento de las condiciones de habitabilidad ni a los elementos comunes del edificio y para obras en fachadas y cubiertas,
salvo edificios ubicados en el Casco Antiguo, siempre que se mantengan los materiales, colores y diseño existentes y que no
supongan ocupación de vía pública.
A) Obras interiores en viviendas:
Reforma, reparación, renovación o modificación de revestimientos.
Cambio o sustitución de carpintería interior y aparatos sanitarios.
Reparación, renovación o modificación de las instalaciones o infraestructuras.
B) Obras en fachadas y cubiertas:
Reparación de cubiertas y retejado
Limpieza y sustitución de bajantes.
Pintura de fachadas, reparación de parámetros, reparación y sustitución de elementos de fachada (barandillas, molduras y similares).
Sustitución de carpintería exterior.
Cualquier persona física o jurídica.
Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Además contará con un asistente que le ayudará a rellenar la AUTOLIQUIDACIÓN. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimir los que necesite, cumplimentarlos y presentarlos en el Registro Auxiliar del Área de Urbanismo y Vivienda o en la Oficina de Rehabilitación Urbana del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Iniciar trámite>Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimir los que necesite, cumplimentarlos y presentarlos en el Registro Auxiliar del Área de Urbanismo y Vivienda o en la Oficina de Rehabilitación Urbana del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>Tasa: 6,75 euros y un 5% del presupuesto de la obra por el Impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO).
Este importe se hace efectivo mediante autoliquidación previa a la comunicación de obras.
La Declaración Responsable se presentará siempre con anterioridad al inicio de las obras y se comprobará en ese mismo momento por un técnico municipal.
Están excluidas de este concepto:
No podrán tramitarse como comunicadas obras que exijan la colocación de andamios, la ocupación de vía pública (salvo contenedores),
el uso de procedimientos de trabajos temporales en altura o vehículos grúa. Tampoco podrán tramitarse como comunicadas obras
en edificios o elementos catalogados.
Instancia con impreso normalizado por el Ayuntamiento de Pamplona para comunicación de obras.
Memoria descriptiva de los trabajos.
Presupuesto detallado por partidas, incluyendo materiales y mano de obra.
Autoliquidación de tributos, según modelo normalizado con justificación de su pago.
Fotografías de los elementos sobre los que se vaya a actuar (sólo en caso de obras en fachadas y cubiertas).
En caso de no presentar la documentación exigida se dispone de 10 días para aportarla y en caso contrario se entenderá que
desiste de la declaración.
La documentación presentada se analiza de inmediato por el personal municipal encargado de tramitar el control posterior de
las actuaciones comunicadas y si se considera que la documentación está correcta se dará conformidad.
TODA documentación ha de presentarse en formato digital.
Los obligados (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales, entre otros) por el artículo 42 de
la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico Electrónico, por registro electrónico.
En caso de no presentar la documentación exigida se dispone de 10 días para aportarla y en caso contrario se entenderá que
desiste de la declaración.
No podrá ser obras de actuaciones comunicadas las obras que exijan la colocación de andamios y la ocupación de la vía pública
por cualquier medio (salvo contenedores siguiendo la normativa de instalación de contenedores).
La documentación presentada se analiza de inmediato por el personal municipal encargado de tramitar el control posterior de
las actuaciones comunicadas y si se considera que la documentación está correcta se dará la conformidad firmada.
NORMATIVA LEGAL:
Ordenanzas Fiscales de 2021, Núm. 3 y 10 (Epígrafe I.3).
Ordenanza Municipal Reguladora de las Licencias Urbanísticas de Obras Menores (BON 23/05/2007).
Decreto Foral 23/2011, de 28 de marzo, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
PLAZO DE TRAMITACIÓN LEGAL: inmediato.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta
gestión del trámite.