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Ocupación de vía pública - Apertura de zanja Abreviada o Normal

Qué es

Solicitud de licencia para apertura de zanja abreviada o normal y/o remoción de pavimento.
ABREVIADA: Las zanjas deben ser de menos de 1 metro de ancho y/o de menos de 100 metros de longitud y/o remoción de pavimento
NORMAL: Las zanjas deben ser de 1 metro o más de ancho y/o de 100 metros o más de longitud.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Tramitar sin certificado

Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que la solicitud tenga efectos jurídicos debe imprimirla, cumplimentarla y presentarla en el Registro Auxiliar del Área de Urbanismo y Vivienda o en la Oficina de Rehabilitación Urbana del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación. En el caso de la AUTOLIQUIDACIÓN rellénela, imprímala y acuda a pagar a alguna de las entidades colaboradoras que figuran en la propia instancia en los horarios establecidos por cada entidad.

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Importe

TASA LICENCIA DE ZANJA: Resultante del número de metros por la tarifa indicada en la autoliquidación, que dependerá según estén acogidos a ayudas a la Rehabilitación, y con diferentes coeficientes según la anchura de la zanja, sí afecta o no al tráfico, etc.
FIANZA A DEPOSITAR: en función del número de metros, tipo de pavimento, etc. (se aplicarán los importes señalados en la autoliquidación de zanja).
ICIO: Impuesto de construcciones, instalaciones y obras: porcentaje (indicado en la autoliquidación) del presupuesto de la obra, sin incluir IVA, ni beneficio industrial, ni honorarios de técnico.
Este importe puede hacerlo efectivo tanto en las oficinas de depositaria como a través de la página web.

Condiciones de solicitud

Siempre previamente al inicio de las obras.

Documentación a presentar

Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (disponible en la página web).
Informe y plano facilitados por Mancomunidad de Aguas de la Comarca de Pamplona. Se solicita y obtiene en el momento o, en el caso de ser integrantes del portal del PCCS/Tracasa (Iberdrola, MCP, ONO, etc.), plano o justificación de consulta en dicha aplicación.
Presupuesto de la obra.
Plano, croquis o foto indicando el recorrido exacto de la zanja y breve explicación del carácter de ésta.
Breve proyecto si es procedimiento Normal y cuando las características de la zanja así lo requieran.
AUTOLIQUIDACIÓN para licencia de zanja debidamente cumplimentada a nombre del solicitante y justificación del abono (instancia disponible en la página web).

La documentación ha de presentarse en formato digital.

Los obligados (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales, entre otros) por el artículo 42 de la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico Electrónico, por registro electrónico.

Más información

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

RECURSOS DE PRESTADORES: Contra los actos administrativos dictados por el Ayuntamiento podrán interponerse, optativamente, los siguientes recursos:
Recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes desde la notificación del acto.
Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo del plazo de un mes desde la notificación del acto.
Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dentro del plazo de dos meses desde la notificación del acto.
RECURSOS DE DESTINATARIOS DE SERVICIOS: Podrán interponer reclamación ante el Gobierno de Navarra o presentarla ante la Junta Arbitral de Consumo, si el prestador está adherido al sistema. También podrá acudir a las organizaciones de consumidores.
- ASOCIACIONES DE AYUDA AL PRESTADOR: El prestador de servicios podrá solicitar ayuda ante las organizaciones empresariales o la Cámara de Comercio.

Normativa

Ordenanza General de Urbanización (BOE 23/11/84). Art. 50 y siguientes.
Decreto Foral 23/2011, de 28 de marzo, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Normativa vigente en Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
Ordenanzas Fiscales de 2025, Núm. 3.

PLAZO DE TRAMITACIÓN LEGAL: 72 horas.
PLAZO ESTIMADO: Dos semanas. Mes y medio en el caso de grandes obras.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: Negativo.
RESOLUCIÓN: Concejalía Delegada del Área.

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