Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para gestionar su visita en la página. Si continua navegando, entenderemos que nos facilita su consentimiento para usar dichas cookies. Si desea más información consulte la política de cookies.
OK | POLÍTICA DE COOKIESSolicitar licencia o realizar declaración responsable para:
1 - Ejecutar obras.
2 - Instalar o modificar actividad clasificada.
3 - Obtener la aprobación de modelos de afección a fachada de edificios.
4 - Ocupación de la vía pública durante la realización de obras.
Cualquier persona física o jurídica, en nombre propio o en representación de un tercero.
Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Además contará con un asistente que le ayudará a rellenar la AUTOLIQUIDACIÓN. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimir los que necesite, cumplimentarlos y presentarlos en el Registro Auxiliar del Área de Urbanismo y Vivienda o en la Oficina de Rehabilitación Urbana del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Iniciar trámite>Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimir los que necesite, cumplimentarlos y presentarlos en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>Para licencia o declaración responsable de actividad:
Establecimiento o instalaciones hasta 50 m2: 1.146 €
De más de 50 m2 hasta 100 m2: 1.293 €
De más de 100 m2 hasta 250 m2: 1.439 €
De más de 250 m2 hasta 500 m2: 1.658 €
De más de 500 m2 hasta 1000 m2: 1.982 €
De más de 1000 m2: 2.399 €
Para licencia o declaración responsable de obras: 0,50% del presupuesto de ejecución material de la obra, excluidos honorarios
y beneficio industrial. Mínimo: 118,00 euros.
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO): 5 % del presupuesto de ejecución material de la obra.
Para licencia o declaración responsable de ocupación de vía pública: oscila entre 0,11 euros y 1,82 euros por cada diez metros
cuadrados de suelo ocupado y día, dependiendo del polígono en el que se encuentre la calle.
Este importe puede hacerlo efectivo tanto en las oficinas de Tesorería, en entidades financieras y através de la página web.
Siempre antes del inicio de las obras.
1) Instancia de "Ejecución de Obras y/o Actividad Clasificada": se rellenarán las casillas que procedan según el tipo de solicitud
que se realice.
2) Documentación relativa a la personalidad.
3) Licencia de Obras: proyecto o memoria justificativa, según proceda, suscrito por técnico competente y visado en los casos
legalmente previstos por el colegio profesional correspondiente. La presentación se hará necesariamente, salvo para las excepciones
legalmente previstas que será opcional, a través del Registro electrónico. En caso de que el tamaño de la documentación adjunta
a la instancia sea superior a 7 MB, deberá subirse a la CONSIGNA DE PROYECTOS DE GOBIERNO DE NAVARRA incorporando a la citada
instancia el número de registro y la clave de acceso.
4) Declaración Responsable de Obras que no supongan actividad clasificada: certificado técnico modelo OBRASLOCAL o CABLETELEC
(sólo para compañías de Telefonía), según proceda o declaración de idoneidad modelo OBRASMENORES (para obras de mantenimiento
que no requieran intervención técnica). La presentación se hará necesariamente, salvo para las excepciones legalmente previstas
que será opcional, a través del Registro electrónico. En caso de que el tamaño de la documentación adjunta a la instancia
sea superior a 7 MB, deberá subirse a la CONSIGNA DE PROYECTOS DE GOBIERNO DE NAVARRA incorporando a la citada instancia el
número de registro y la clave de acceso.
5) Licencia de Actividad Clasificada con o sin obras: proyecto técnico de la actividad clasificada y, en su caso, de obras,
según lo dispuesto en el art. 66 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre y visado en los casos legalmente previstos
por el colegio profesional correspondiente. La presentación se hará, salvo para las excepciones previstas, a través del Registro
electrónico. El proyecto deberá subirse a la CONSIGNA DE PROYECTOS DE GOBIERNO DE NAVARRA incorporando a la instancia el número
de registro y la clave de acceso.
Con el fin de perfeccionar la preceptiva notificación a los vecinos afectados de la petición de licencia, deberá aportar nombre
y dirección del administrador y en su defecto presidente de las comunidades de propietarios.
6) Declaración Responsable de Actividad Clasificada con o sin obras: proyecto técnico de actividad clasificada y, en su caso,
de obras, según lo dispuesto en el art. 66 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre y visado en los casos legalmente
previstos por el colegio profesional correspondiente. La presentación se hará, salvo para las excepciones previstas, a través
del Registro electrónico. El proyecto deberá subirse a la CONSIGNA DE PROYECTOS DE GOBIERNO DE NAVARRA incorporando a la instancia
el número de registro y la clave de acceso.
7) Licencia de Ocupación del Dominio Público (salvo en el caso expresamente contemplado en la instancia):
Plano de ubicación con la ocupación que se pretenda.
Certificado de Técnico competente para supervisión de montaje y desmontaje (Si se van a utilizar andamios de dos alturas o
más, andamios suspendidos, montacargas o medios auxiliares similares sobre suelo de uso público, no amparados en un estudio
de seguridad y salud).
8) Aprobación de Modelo de afección a fachada de edificios: certificado técnico modelo CABLETELEC para infraestructuras de
telecomunicaciones por cable.
En los demás casos propuesta técnica de modelo de fachada y aprobación y compromiso de la Comunidad de ajustarse al modelo.
9) Autorizaciones concurrentes u otra documentación.
TODA documentación ha de presentarse en formato digital.
Los obligados (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales, entre otros) por el artículo 42 de
la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico Electrónico, por registro electrónico.
RECURSOS DE PRESTADORES: Contra los actos administrativos dictados por el Ayuntamiento podrán interponerse, optativamente,
los siguientes recursos:
Recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes desde la notificación del acto.
Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo del plazo de un mes desde la notificación del
acto.
Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dentro del plazo de dos meses desde la
notificación del acto.
RECURSOS DE DESTINATARIOS DE SERVICIOS: Podrán interponer reclamación ante el Gobierno de Navarra o presentarla ante la Junta
Arbitral de Consumo, si el prestador está adherido al sistema. También podrá acudir a las organizaciones de consumidores.
ASOCIACIONES DE AYUDA AL PRESTADOR: El prestador de servicios podrá solicitar ayuda ante las organizaciones empresariales
o la Cámara de comercio.
Decreto Foral Legislativo 1/2017, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y
Urbanismo (BON 31-8-2017).
Ley Foral 4/2005, de intervención para la protección ambiental.
Decreto Foral 93/2006, de 28-12-2006, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005.
Ley 12/2012, de medidas urgentes de liberalización del comercio (BOE 27/12/2012).
Orden Foral 448/2014, de 23-12-14, de desarrollo del Decreto Foral 93/2006.
Ordenanza de actividades MINP (BOE 23/11/84).
Ordenanza General de Edificación (BOE 23/11/84).
Normativa urbanística general. (BOE 23/11/84).
Código Técnico de Edificación (CTE).
Ordenanza Municipal Reguladora de las licencias urbanísticas de obras menores (BON 23/5/2007).
Ordenanza Municipal Reguladora del Procedimiento de Control Posterior (BON 12/5/2014).
Ordenanzas Fiscales 2022, Núm. 3, 9 (Epígrafe I.4), 20 (Epígrafe I.11.1) y 10 (Epígrafe 1).
RESOLUCIÓN: Concejal Delegado del Área.