Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para gestionar su visita en la página. Si continua navegando, entenderemos que nos facilita su consentimiento para usar dichas cookies. Si desea más información consulte la política de cookies.
OK | POLÍTICA DE COOKIESOBJETO: establecer el régimen jurídico a que debe someterse la instalación de quioscos situados de forma permanente en terrenos
de dominio público municipal.
DEFINICIONES Y RÉGIMEN GENERAL DE USO:
Se entenderá, por quioscos, aquellas instalaciones urbanas homologadas por el Ayuntamiento y situadas de forma permanente
en vías y espacios de uso público, que tienen como finalidad el ejercicio de una actividad mercantil no dependiente de otra
y cuya instalación y funcionamiento están sujetos a una concesión administrativa por la utilización privativa y anormal de
bienes de uso público.
Quioscos de prensa: el plazo máximo de la primera concesión administrativa con inversión inicial para infraestructura e instalaciones
será de 20 años y tendrá carácter improrrogable. Sin inversión inicial será de 7 años con carácter improrrogable.
Quioscos de hostelería: en el caso de que sea necesario incorporar aseos al quiosco, la primera concesión administrativa puede
alcanzar un total máximo de 27 años, de no ser el caso será de 20 años y tendrá carácter improrrogable. Sin inversión inicial
será de 7 años con carácter improrrogable.
Transcurrido el plazo de vigencia de la concesión administrativa, revertirán al Ayuntamiento las obras e instalaciones.
CARACTERÍSTICAS DE LOS QUIOSCOS:
El Ayuntamiento de Pamplona determinará los modelos homologados de quioscos.
OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN:
Los emplazamientos donde instalar los quioscos serán determinados por el Ayuntamiento de Pamplona.
El Ayuntamiento de Pamplona convocará la oportuna licitación para la adjudicación de los emplazamientos.
DEROGADA: Ordenanza de quioscos de prensa y chucherías ubicados en la vía pública (BON 107 del 05/09/1997).
APROBACIÓN DEFINITIVA: BON 95 del 19/05/2015 y BON 99 del 23/05/2019.
APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN: BON 57 del 25/03/19.