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Tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida - Alta o renovación

Qué es

Solicitud o renovación de tarjeta especial de estacionamiento de vehículos que transporta a una persona con discapacidad.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona física con discapacidad que afecte al desplazamiento o a la visión.
También quienes presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y tengan un vehículo que esté destinado exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad.

Cómo realizar el trámite

Condiciones de solicitud

No hay plazos de solicitud.

Requisitos

PERSONA FÍSICA:
Estar empadronado en Pamplona.
Tener el certificado de reconocimiento de discapacidad superior al 33%.
Certificado de Bienestar Social donde conste en el baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos apartados A, B o C o que se tienen 7 puntos o más o con agudeza visual inferior a lo establecido en el artículo 3.1b) del Real Decreto 1056/2014.

VEHICULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE COLECTIVO:
Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en Pamplona.
Documentación justificativa de la actividad que se realiza en el caso de que se solicite tarjeta para vehículo destinado al transporte colectivo de personas con discapacidad.

Documentación a presentar

ALTA:
Fotocopia y original del Certificado de Discapacidad, en su caso, del documento donde conste la valoración de puntos según anexo II del Real Decreto 1971/1999.
Fotocopia y original del DNI de la persona con discapacidad.
Una fotografía de tamaño carné de la persona con discapacidad.
Si se solicita tarjeta para vehículos destinado al transporte colectivo de personas con discapacidad, documentación de la persona física o jurídica que la pide y justificación de la actividad.

RENOVACIÓN:
Una fotografía.

Más información

La tarjeta la concede el Área de Seguridad Ciudadana y se deniega por resolución de la Concejalía Delegada.

PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
RECOMENDACIÓN del DOCE C 62/24 del 26 de febrero de 1998: recomendación de la Unión Europea sobre la creación de una tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.

Normativa

Ley Foral 12/2018 de accesibilidad universal, de 14 de junio de 2018 (BON 120 de 22/06/18).
ORDEN FORAL 52/2022, de 7 de marzo, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.
RPC de 27/01/2007.
Ordenanza Municipal de Tráfico (BON 53 de 04/05/2009), modificada por Pleno el 1 de octubre de 2015 (BON 238 de 27/11/15).
Real Decreto 1056/2014.

Dirección en internet

Información relacionada

Órgano gestor

Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona

Documentos asociados