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OK | POLÍTICA DE COOKIESSolicitud o renovación de tarjeta especial de estacionamiento de vehículos que transporta a una persona con discapacidad.
Cualquier persona física con discapacidad que afecte al desplazamiento o a la visión.
También quienes presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de
dependencia y tengan un vehículo que esté destinado exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad.
No hay plazos de solicitud.
PERSONA FÍSICA:
Estar empadronado en Pamplona.
Tener el certificado de reconocimiento de discapacidad y cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1056/2014.
VEHICULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE COLECTIVO:
Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en Pamplona.
Documentación justificativa de la actividad que se realiza en el caso de que se solicite tarjeta para vehículo destinado al
transporte colectivo de personas con discapacidad.
ALTA:
Fotocopia y original del Certificado de Discapacidad, en su caso, del documento donde conste la valoración de puntos según
anexo II del Real Decreto 1971/1999.
Fotocopia y original del DNI de la persona con discapacidad.
Una fotografía de tamaño carné de la persona con discapacidad.
Si se solicita tarjeta para vehículos destinado al transporte colectivo de personas con discapacidad, documentación de la
persona física o jurídica que la pide y justificación de la actividad.
RENOVACIÓN:
Una fotografía.
TARJETA PROVISIONAL (seis meses):
Impreso de solicitud con los datos del titular de la tarjeta.
Informe médico que acredite enfermedad o patología de extrema gravedad, según lo establecido en el RD 1056/2014.
Informe médico que acredite que se está pendiente de valoración para la determinación del grado de discapacidad y que se considera
cumplirá los requisitos para la obtención de la tarjeta.
Fotografía en color de tamaño carné de la persona con discapacidad.
La tarjeta la concede el Área de Seguridad Ciudadana y se imprime y envía desde Gobierno de Navarra.
PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta
gestión del trámite.
Ley Foral 31/2022 de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía se sus derechos (BON
Nº 250 de 15/12/2022).
ORDEN FORAL 52/2022, de 7 de marzo, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se regula la tarjeta de estacionamiento
para personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.
Ordenanza Municipal de Movilidad (BON 22 de 1 de febrero de 2019 y BON 52 de 15 de marzo de 2019).
Real Decreto 1056/2014 de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de
estacionamiento para personas con discapacidad.
Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación
del grado de discapacidad.
Área de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona