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OK | POLÍTICA DE COOKIESSolicitud de autorización, por parte de las empresas propietarias, para instalación de contenedores en el término municipal de Pamplona.
Empresas propietarias de los contenedores.
Fianza o aval bancario.
Impreso de solicitud.
Copia del recibo pagado por el seguro de responsabilidad civil.
Copia de la póliza del seguro suscrito, en la que se deberá hacer constar:
1) Importe de la cobertura de riesgos
2) Daños de los que responde el seguro
Copia del justificante de haber ingresado en Depositaría Municipal fianza en metálico o aval bancario, a fin de responder
de los daños, sanciones, o ejecuciones sustitutorias que el Ayuntamiento liquide, así como de los gastos de inspecciones y
de todo tipo que a la corporación se produzcan.
La documentación ha de presentarse en formato digital.
Los obligados (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales, entre otros) por el artículo 42 de
la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico Electrónico, por registro electrónico.
Las personas que firman los avales bancarios deben tener poderes bastanteados por el Ayuntamiento.
Una vez adoptada la resolución se comunicará desde el departamento al interesado, Policía Municipal y Economía.
RECURSOS DE PRESTADORES: Contra los actos administrativos dictados por el Ayuntamiento podrán interponerse, optativamente,
los siguientes recursos:
Recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes desde la notificación del acto.
Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo de un mes desde la notificación del acto.
Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dentro del plazo de dos meses desde la
notificación del acto.
RECURSOS DE DESTINATARIOS DE SERVICIOS: Podrán interponer reclamación ante el Gobierno de Navarra o presentarla ante la Junta
Arbitral de Consumo, si el prestador está adherido al sistema. También podrá acudir a las organizaciones de consumidores.
- ASOCIACIONES DE AYUDA AL PRESTADOR: El prestador de servicios podrá solicitar ayuda ante las organizaciones empresariales
o la Cámara de comercio
Ordenanza sobre instalación de contenedores en la vía pública (Pleno 07/09/2000).
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: Alcaldía o Concejalía Delegada del Área.