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OK | POLÍTICA DE COOKIESSolicitud u obtención de la tarjeta de residente para aparcamiento en la zona de estacionamiento limitado y restringido.
Tendrán derecho todas las personas físicas empadronadas y que tengan su residencia habitual en un domicilio situado dentro de la zona regulada.
Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para enviarlos al Registro electrónico del Ayuntamiento al completar el último paso del trámite.
Iniciar trámite>Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para crear una instancia oficial. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Iniciar trámite>Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenar la información solicitada, imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>Año 2024:
Por cada tarjeta del Sector 1 (Casco Antiguo): 39,45 euros.
Resto de los sectores: 49,30 euros.
CANALES DE SOLICITUD:
En el Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Registro electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.
Ser persona física, estar empadronado y residir habitualmente en un domicilio situado en el Sector para el que se solicita.
El solicitante tendrá permiso de conducir en vigor y el vehículo autorizado para la tarjeta deberá estar a nombre del mismo
(salvo en el caso de que el vehículo pertenezca a la empresa) y domiciliado en su lugar de residencia, tendrá póliza de seguro
en vigor y si ha tenido que pasarla, informe favorable de la ITV.
Quedan excluidos los beneficiarios de una plaza de aparcamiento para residentes de concesión municipal.
Únicamente se dará una tarjeta por persona y vehículo.
TRAMITACIÓN PRESENCIAL:
DNI/NIE de la persona solicitante. En el caso de que acuda una tercera persona a recoger documentación que contenga datos
de carácter personal es necesario que facilite el consentimiento por escrito del titular donde deberán constar los datos de
identificación (nombre, apellidos y DNI) del titular y de la persona a la que autoriza a recoger la información, el consentimiento
otorgado, así como la fecha y firma.
Matrícula del vehículo. En el caso de que el titular del vehículo sea una persona jurídica, deberá presentarse un certificado
de la misma que acredite que el solicitante es persona empleada de la empresa y conductor/a habitual del vehículo, o escrituras
de la empresa en el caso de que la persona solicitante sea socio/a de la misma.
En caso de que el vehículo sea de renting, deberá aportarse contrato de renting.
Se deberá realizar el pago de la tasa correspondiente (efectivo, con tarjeta o carta de pago recogida en el departamento).
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA:
Instancia electrónica adjuntando la documentación que se solicita escaneada (VER APARTADO TRAMITACIÓN PRESENCIAL).
En los casos en que se realiza el pago con tarjeta, efectivo o entregando la carta de pago acreditando el abono correspondiente,
se entrega la tarjeta en el momento. El resto de los casos, se enviará por correo.
En los casos en los que las personas no estén empadronadas (estudiantes, alquilados), pero residan habitualmente en dicho
domicilio, deberán empadronarse en Pamplona y justificar su residencia completando la información con un recibo de la luz,
agua, teléfono, alquiler u otro justificante que acredite su residencia habitual en dicho domicilio.
Cualquier modificación que pueda darse (cambio de vehículo, dirección, etc.), deberá comunicarse al área, en el plazo máximo
de una semana y hacer entrega de la misma (ver ficha de información relacionada).
Las personas que no tengan derecho a tarjeta podrán solicitar que les sea notificado por escrito, para de esta forma presentar
el correspondiente recurso.
Ordenanza de estacionamiento limitado y restringido - BON 127 de 10/10/2007.
Ordenanzas Fiscales 2024, núm. 22 (epígrafe I).
Área de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona