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Solicitud de indemnización por daños materiales y/o personales, derivados de responsabilidad patrimonial de la administración municipal.
La persona física o jurídica interesada (debe acreditarse como tal).
Si lo solicita una persona representante: debe acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho o mediante
declaración de la persona interesada en comparecencia personal.
Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para enviarlos al Registro electrónico del Ayuntamiento al completar el último paso del trámite.
Izapide egiteko>Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para crear una instancia oficial. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Izapide egiteko>Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenar la información solicitada, imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Eskabide-orria behera kargatu>Gratuito.
Antes de transcurrido un año desde que ocurrió el siniestro (en el caso de daños personales el plazo de un año empieza a partir
de la fecha del alta médica).
CANALES DE PRESENTACIÓN:
Registros del Ayuntamiento de Pamplona.
Registro electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Que los bienes o derechos de la persona solicitante se hayan visto lesionados como consecuencia de responsabilidad administrativa.
Escrito de reclamación indicando:
Nombre, dos apellidos y DNI de la persona interesada y, en su caso, de la persona que lo represente (importante incluir teléfono
de contacto).
Lugar que se señala a efectos de notificaciones.
Se especificarán con toda claridad las lesiones o daños, la relación de la causa de estas con el funcionamiento de los servicios
públicos, la evaluación económica, el momento, lugar y circunstancias de producción del daño, y la petición de indemnización.
Se acompañarán cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos, como:
Parte de la Policía Municipal, si ha intervenido.
Testigos.
Fotos del lugar o del hecho.
Parte médico, en su caso.
Todo tipo de información que atestigüe el hecho.
La documentación presentada será original, o copia que será cotejada con el original en la propia unidad tramitadora.
EN RECLAMACIONES POR DAÑOS EN VEHÍCULOS:
Permiso de circulación, ITV y seguro en vigor.
Fotocopia del carnet de conducir.
Factura o presupuesto de reparación del vehículo.
PLAZO DE TRAMITACIÓN LEGAL: 6 meses.
PLAZO ESTIMADO: 6 meses.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: negativo.
RESOLUCIÓN: Dirección de Hacienda o Alcaldía.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta
gestión del trámite.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
Artículos 5 y 66.
Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial (Real Decreto
429/93 de 26 de marzo; BOE 106 de 04/05/1993) artículo 6.