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OK | POLÍTICA DE COOKIESPresentación de aviso o queja verbal, o de denuncia por escrito relativa a este tipo de denuncias.
Cualquier persona.
Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para enviarlos al Registro electrónico del Ayuntamiento al completar el último paso del trámite.
Iniciar trámite>Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para crear una instancia oficial. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Iniciar trámite>Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenar la información solicitada, imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>Gratuito.
CANALES DE PRESENTACIÓN:
Inspección Alimentaria del Ayuntamiento de Pamplona.
Telefónicamente en el 948-420430 (fuera de horario de oficina, 092).
En los registros del Ayuntamiento de Pamplona.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Ninguno.
Se recomienda que el aviso o queja se haga por escrito para que sea tramitado como una denuncia. Se debe presentar en los registros del Ayuntamiento, indicando los datos del denunciante, al que se irán comunicando las gestiones que se vayan realizando en relación a la denuncia.
Las quejas por ruidos causados por ladridos de perros son atendidas por Ingeniería Ambiental (948-420989), Zoonosis (948-420430) o Policía Municipal (092).
NORMATIVA LEGAL:
Ordenanzas Municipales de Sanidad.
Ley Foral de protección de los animales (Ley Foral 19/2019, de 4 de abril de 20019, BON 71 de 11 de abril de 2019).
Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: la inspección acude en un plazo aproximado de dos semanas si se ha formalizado la denuncia por escrito.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.