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OK | POLÍTICA DE COOKIESPresentación de denuncia por mordedura de perro, gato u otro animal. No es una denuncia o reclamación legal, sino una obligación de notificar el hecho.
La persona afectada.
Gratuito.
Es necesario notificar a la mayor brevedad posible.
Identificación o datos sobre el dueño del animal, y del animal agresor.
Identificación de la persona mordida.
Parte médico de la atención médica recibida por la persona mordida.
La observación sanitaria, si es necesaria, se realizará en el domicilio del propietario.
Cabe la observación sanitaria en domicilio en determinadas circunstancias, y a petición de la persona propietaria.
El propietario del animal mordedor deberá solicitar licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos si así
lo considera la autoridad sanitaria.
NORMATIVA LEGAL:
Ordenanzas Municipales de Sanidad.
Ley Foral de protección de los animales (Ley Foral 19/2019, de 4 de abril de 2019, BON 71 de 11 de abril de 2019).
Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: se atiende la solicitud recogiendo al animal para su observación en el Centro de Atención a Animales.
Se informa a la persona afectada del resultado de la observación.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.