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Presentación de aviso o queja verbal (en casos urgentes) o de denuncia por escrito relativa a ruidos (pianos, obras sin licencia, alarmas que saltan, vecinos, pisos de estudiantes, máquinas en domicilios, locales hostelería, locales ocio, etc).
Cualquier persona.
Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para enviarlos al Registro electrónico del Ayuntamiento al completar el último paso del trámite.
Iniciar trámite>Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para crear una instancia oficial. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Iniciar trámite>Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenar la información solicitada, imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Descargar instancia>Gratuito para el denunciante. El causante de las molestias deberá de pagar las tasas correspondientes por la inspección, en el caso de constatarse infracciones a las Ordenanzas Municipales y del resto de la legislación medioambiental que le sea de aplicación.
CANALES DE PRESENTACIÓN:
Inspección de Ingeniería Ambiental del Ayuntamiento de Pamplona.
En los Registros del Ayuntamiento de Pamplona.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Ninguno.
El aviso o queja verbal puede hacerse por teléfono llamando al número 948-420989, o bien personándose en la propia Unidad
Tramitadora en las horas de oficina.
También puede hacerse llamando al teléfono 092 del CECOP fuera del horario de oficina.
Se recomienda que el aviso o queja se haga por escrito para que sea tramitado como una denuncia.
Se debe presentar en cualquiera de los registros del Ayuntamiento, indicando los datos del denunciante, al que se irán comunicando
las gestiones que se vayan realizando con relación a la denuncia.
Tanto si se presenta verbalmente como por escrito, el aviso se atiende enviando una inspección para hacer una medición de
el ruido.
Datos de interés general: de acuerdo a la ordenanza de Sanidad número 10, las obras en establecimientos ubicados en edificios de viviendas que superen los 30 dbA están prohibidas a partir de las 22:00 h.
NORMATIVA LEGAL:
Ordenanzas Municipales de Sanidad.
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: el aviso se atiende enviando una inspección.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
Inspección de Ingeniería Ambiental del Ayuntamiento de Pamplona