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Traslado de otro Cementerio al Cementerio Municipal de Pamplona - Restos Mortales o Cenizas

Qué es

Trasladar cenizas o restos mortales de otro cementerio al Cementerio Municipal de Pamplona.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona con derechos sobre los restos y sepultura.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Descargar instancia

Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos la debe imprimir, cumplimentar y presentar en el Cementerio Municipal junto al resto de documentación requerida.

Descargar instancia>

Importe

A COLUMBARIO: 184,45 euros (reinhumación 54,50 euros y cesión por diez años 129,95 euros).
En el caso en que el columbario se encuentre ocupado, la tasa de cesión por 10 años (NO LAS DEMÁS) se reducirá un 10% por cada año completo de vigencia que le quede al mismo.
A PANTEÓN: 102,65 euros (reinhumación 54,50 euros y 48,15 por exhumación).

Condiciones de solicitud

La solicitud puede ser realizada durante todo el año, pero por motivos sanitarios no se recomienda el traslado de restos durante los meses de junio, julio y agosto.

CANALES DE PRESENTACIÓN:
Cementerio Municipal San José.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.

Requisitos

Caso de restos mortales: deben haber transcurrido al menos 5 años desde el fallecimiento.
Caso de cenizas: no hay plazo de años.

Documentación a presentar

Impreso de solicitud y de autorización de las sepulturas afectadas.
Resguardo del pago en Depositaría Municipal del importe aplicable.
Si los restos proceden de cementerios de otras provincias deberá contar con la autorización del Departamento de Sanidad de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Más información

Los nichos solo pueden abrirse para inhumar otro cadáver, o para exhumar los restos allí depositados y deben haber transcurrido 5 años desde la última inhumación en ese nicho. Sólo en esas ocasiones pueden reinhumarse restos en nichos.
Los traslados de restos y cadáveres se realizan de lunes a viernes (excepto festivos) de 08:00 h. a 09:00 h. de la mañana.

Normativa

NORMATIVA LEGAL:
Reglamento de Sanidad Mortuoria Decreto Foral 297/2001, de 15 de octubre (BON Núm. 143).
Ordenanza reguladora del Cementerio Municipal - 19/06/2000).
Disposiciones de Policía Sanitaria Mortuoria.
Ordenanza fiscal de 2025 Núm.14 (Epígrafes I, II y IV).

PLAZO DE TRAMITACIÓN: el solicitante indica la fecha en la que desea se realice el traslado, que es atendida siempre que sea posible.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.

Información relacionada

Órgano gestor

Cementerio Municipal de San José

Documentos asociados