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Traslado - Restos Mortales - Dentro del Cementerio Municipal a panteón

Qué es

Trasladar restos mortales exhumados de columbario, nicho, o panteón del Cementerio Municipal a un panteón del propio cementerio.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona con derechos sobre los restos y sepulturas.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Descargar instancia

Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos la debe imprimir, cumplimentar y presentar en el Cementerio Municipal junto al resto de documentación requerida.

Descargar instancia>

Importe

Un resto: 102,65 euros (exhumación de resto 48,15 euros más inhumación de resto 54,50 euros).

Condiciones de solicitud

La solicitud puede ser realizada durante todo el año, pero por motivos sanitarios no se recomienda el traslado de restos durante los meses de junio, julio y agosto.

CANALES DE PRESENTACIÓN:
Cementerio Municipal San José.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.

Requisitos

En el caso de cadáveres, debe ser autorizado por el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra.
Se requiere la conformidad de la persona con derecho sobre la sepultura de origen y de la de destino.

Documentación a presentar

Impreso-solicitud por parte de quien detente el derecho sobre los restos y de autorización de las sepulturas afectadas.
Resguardo del pago en Depositaría Municipal del importe aplicable.
Llevar al Cementerio Municipal una "bolsa de restos" o una arqueta impermeable de 90x30x30 cm. y la autorización del Departamento de Sanidad del Gobierno de Navarra si es cadáver.

Más información

Se denomina CADÁVER si no han transcurrido 5 años desde el fallecimiento.
Se denominan RESTOS MORTALES si han transcurrido más de 5 años desde el fallecimiento.
No se permite trasladar cadáveres sepultados en tierra.
Los traslados de restos y cadáveres se realizan de lunes a viernes (excepto festivos) de 08:00 h. a 09:00 h.
Se avisa a los familiares el día y hora de la exhumación, aunque no es obligatorio que acudan a la misma.
En el caso de cadáveres tiene que estar presente un médico (normalmente el de Sanidad que supervise las condiciones sanitarias del traslado).

Normativa

NORMATIVA LEGAL:
Reglamento de Sanidad Mortuoria Decreto Foral 297/2001, de 15 de octubre (BON Núm. 143).
Ordenanza reguladora del Cementerio Municipal San José de Pamplona (BON 74 de 19/06/2000).
Disposiciones de Policía Sanitaria Mortuoria.
Ordenanza fiscal de 2024 Núm.14 (Epígrafes I y II).

PLAZO DE TRAMITACIÓN: el solicitante indica la fecha en la que desea se realice el traslado, que es atendida siempre que sea posible.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.

Información relacionada

Órgano gestor

Cementerio Municipal de San José

Documentos asociados