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Traslado del Cementerio Municipal de Pamplona a otro cementerio dentro o fuera de Navarra - Cadáver (fallecido hace menos de 5 años)

Qué es

Trasladar un cadáver del Cementerio Municipal a otro cementerio.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona con derecho sobre el cadáver y la sepultura.

Cómo realizar el trámite

ON LINE

Descargar instancia

Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos la debe imprimir, cumplimentar y presentar en el Cementerio Municipal junto al resto de documentación requerida.

Descargar instancia>

Importe

Por cada cadáver: 60,75 euros (gastos de exhumación).

Condiciones de solicitud

La solicitud puede realizarse durante todo el año, pero por motivos sanitarios no se recomienda el traslado de restos ni de cadáveres durante los meses de junio, julio y agosto.

CANALES DE PRESENTACIÓN:
Cementerio Municipal San José.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.

Requisitos

Deben disponer de autorización del Departamento de Sanidad del Gobierno de Navarra.

Más información

Para traslado de cadáveres es necesario ponerse en contacto con cualquier tanatorio o funeraria, que serán quienes realicen los trámites necesarios ante el Cementerio Municipal y del Departamento de Sanidad del Gobierno de Navarra.
Se denomina CADÁVER si no han transcurrido 5 años desde el fallecimiento.
Se denominan RESTOS MORTALES si han transcurrido más de 5 años.
El destino de los cadáveres sólo puede ser otro cementerio o un horno crematorio.
Hasta el nuevo destino no pueden transcurrir más de 48 horas desde la exhumación.
No se permite trasladar cadáveres sepultados en tierra.
Los traslados de restos y cadáveres se realizan de lunes a viernes (excepto festivos) de 08:00 h. a 09:00 h.
Se avisa a los familiares el día y hora de la exhumación, aunque no es necesario que acudan a la misma.
Se requiere la conformidad del titular del derecho funerario de la sepultura donde está inhumado el cadáver.
El traslado del cadáver debe realizarlo una empresa funeraria.

Normativa

NORMATIVA LEGAL:
Reglamento de Sanidad Mortuoria Decreto Foral 297/2001, de 15 de octubre (BON Núm. 143).
Ordenanza reguladora del Cementerio Municipal San José de Pamplona (BON 74 de 19/06/2000).
Disposiciones de Policía Sanitaria Mortuoria.
Ordenanza fiscal de 2024 Núm.14 (Epígrafe II).

PLAZO DE TRAMITACIÓN: el solicitante indica la fecha, dentro de la fecha de vigencia de la sepultura, en la que desea se realice el traslado, que es atendida siempre que sea posible.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.

Información relacionada

Órgano gestor

Cementerio Municipal de San José

Documentos asociados