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OK | COOKIE-POLITIKASolicitud de utilización de la Sala Calderería.
Cualquier persona física o jurídica.
Entidades y Actividades sin ánimo de lucro.
Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para enviarlos al Registro electrónico del Ayuntamiento al completar el último paso del trámite.
Izapide egiteko>Esta opción le guiará en la introducción de todos los datos y documentos necesarios para crear una instancia oficial. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Izapide egiteko>Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenar la información solicitada, imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Eskabide-orria behera kargatu>Cesión por 3 horas o fracción, al día 66,40 euros.
Cesión por 3 a 6 horas, al día 114,50 euros.
Cesión por tiempo superior a 6 horas, al día 167,03 euros.
Cesión para usos hosteleros, al día 167,03 euros.
Si el local se utiliza durante un mínimo de 5 días consecutivos se aplica una reducción del 20%.
Si se utiliza durante un mínimo de 7 días consecutivos la reducción es del 30%.
Por utilización del local para actividades autorizadas por el Ayuntamiento a las Asociaciones Ciudadanas Vecinales, Asociaciones
y colectivos que promuevan y trabajen en pro de los derechos sociales y Asociaciones de los sectores comercial y turístico,
sin ánimo de lucro, la reducción es del 75%.
CANALES DE SOLICITUD U OBTENCIÓN para personas físicas:
En los Registros del Ayuntamiento.
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.
Solicitud con 5 días de antelación.
CANALES DE SOLICITUD U OBTENCIÓN para personas jurídicas:
Registro electrónico mediante acceso a Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Solicitud con 5 días de antelación.
Instancia general (datos personales del solicitante, incluido teléfono de contacto).
Local para el que se solicita el uso.
Destino o uso, fechas y horarios de utilización.
PASOS A SEGUIR PARA HACER LA SOLICITUD:
1- Llamar al teléfono 948-420462 y 948-420266 para consultar la disponibilidad de la sala para la fecha o fechas deseadas.
2- Una vez hecha la pre-reserva provisional de la sala, hay que presentar:
TRAMITACIÓN PRESENCIAL:
Se presenta Instancia general de uso de la Sala de Calderería, en el Registro General del Ayuntamiento (o en los Registros
auxiliares), indicando nombre y dirección postal completa del solicitante, motivo de la solicitud, fechas y horas de la misma,
descripción de la actividad y tipo de montaje (disposición de sillas y mesas, equipamiento a utilizar, número de personas
participantes, etc.).
Si se actúa en representación de:
Persona física: adjuntar fotocopia del DNI del representado.
Persona jurídica: adjuntar documento acreditativo de la representación, o bien presentar la solicitud con sello de la persona
jurídica.
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA:
Instancia electrónica adjuntando la documentación que se solicita escaneada (VER APARTADO TRAMITACIÓN PRESENCIAL).
3- Al menos con 2 días de antelación a la celebración de la actividad se debe presentar en la unidad tramitadora la copia
del justificante de haber pagado las tasas en depositaría municipal.
El tema de las charlas o actividades deberá tener carácter cultural y/o social.
La sala puede utilizarse de lunes a domingo.
El interesado podrá renunciar a la utilización con un mínimo de veinticuatro horas de antelación al acto, en cuyo caso le
será devuelto el 50% del importe abonado. Para renunciar deberá presentar en el Registro General un escrito indicando el motivo
de la renuncia.
HORARIO:
De lunes a domingo: de 08:00 h. a 21:00 h.
PRECIO PÚBLICO:
1 - Estarán obligadas al pago del precio público las personas a quienes el Ayuntamiento autorice la utilización de los locales
y espacios municipales a que se refiere la Norma 1.
2 - No estarán sujetas al pago del precio público para la realización de actividades no lucrativas:
Las Administraciones públicas y las entidades jurídicas por ellas creadas para el cumplimiento de sus fines.
Las Fundaciones y Asociaciones entre cuyos fines estatutarios figure la defensa y promoción de los intereses de las familias
que reciban a personas en acogimiento, de las personas acogidas, de las víctimas de actos de terrorismo o violencia de género,
y de las víctimas de pobreza o exclusión social y la defensa y promoción de los Derechos Humanos, y entre éstos, el de la
igualdad entre mujeres y hombres.
Las Asociaciones, y entidades sin ánimo de lucro, según lo previsto en el Anexo de Tarifas de la Norma 1.
NORMATIVA LEGAL: Ordenanza Fiscal de 2024, Norma Núm. 1 (Epígrafe I y II).
RESOLUCIÓN: Concejal Delegado del Área.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta
gestión del trámite.