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Subvención del Gobierno de Navarra para supresión de barreras arquitectónicas

Qué es

Subvención del Gobierno de Navarra a actuaciones para supresión de barreras arquitectónicas (instalación de ascensor, adecuación de escaleras, etc.) para elementos comunes del edificio.
Conjuntamente se procede a tramitar la preceptiva licencia de obras.

Quién puede realizar el trámite

Comunidades de vecinos de edificios situados en el ámbito de la ciudad de Pamplona.

Importe

Gratuito.

Condiciones de solicitud

La solicitud se hará siempre con anterioridad al inicio de las obras.

Documentación a presentar

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DE LA EXISTENCIA DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS:
Fotocopia del DNI del representante de la comunidad de propietarios.
Nota simple registral de inscripción del edificio en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Fotocopia del número de identificación fiscal de la comunidad.

ACUERDO DE COMUNIDAD, EN EL QUE QUEDEN RECOGIDOS LOS SIGUIENTES ACUERDOS:
La ejecución de dichas obras asumidas por la comunidad.
La solicitud de ayudas.
El nombramiento de un representante encargado de tramitar el expediente ante la Oficina de Rehabilitación.
Los acuerdos deberán ser por adoptados por MAYORÍA SIMPLE en el caso de SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS.
DICHO ACUERDO SE JUSTIFICARÁ DE ALGUNO DE LOS SIGUIENTES MODOS:
Por la fotocopia compulsada por la Oficina de Rehabilitación de viviendas del libro de actas.
Por certificado firmado por presidente de la comunidad del acuerdo adoptado.
PROYECTO TÉCNICO VISADO OFICIALMENTE DE LAS OBRAS DE ASCENSOR Y SUPRESIÓN DE BARRERAS: 3 copias más un ejemplar en CD.
SOLICITUD CALIFICACIÓN PROVISIONAL DE REHABILITACIÓN PROTEGIDA. SE FACILITA EN LA OFICINA DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS.
SOLICITUD LICENCIA DE OBRAS, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE DE COMUNIDAD.

Más información

APLICACIÓN DE SUBVENCIONES:

Edificios de más de 25 años con total supresión de barreras, edificios sin ascensor 45 % sobre el presupuesto protegible con tope 8.000 ?/vivienda o 10.000 ?/vivienda en edificios con menos de 11 viviendas.
Edificios de más de 25 años con total supresión de barreras, edificios con ascensor: 30 % con tope 5000 ? por vivienda.
Edificios de más de 25 años sin ascensor, sin llegar a la total adaptación a la normativa de barreras: 25 % con tope 5000 euros por vivienda.
Edificios de más de 25 años con ascensor, sin llegar a la total adaptación a la normativa de barreras: 20 % con tope 3000 euros por vivienda.
Comunidades de vecinos mejora de la envolvente térmica: 40 % con tope 6000 euros por vivienda.
Mejora de la envolvente térmica en Proyectos de Intervención Global: 50 % con tope 7500 euros por vivienda.
Mejora de la eficiencia de instalaciones térmicas centralizadas adaptándolas al CTE-DB-HE-2: 40 % con tope 6000 euros por vivienda.
Anillado de la instalación de calefacción interior de las viviendas e instalación de contenedor: 20 % con tope 3000 euros por vivienda.

LAS OBRAS NO PODRÁN INICIARSE HASTA QUE EL EXPEDIENTE NO SE HAYA CALIFICADO PROVISIONALMENTE POR EL GOBIERNO DE NAVARRA Y SE HAYAN ABONADO LA LICENCIA DE OBRA Y EL I.C.I.O.
En el caso de que se conceda la subvención se aplica la tasa mínima de licencia de obras: 0,50 % base imponible.

Normativa

NORMATIVA LEGAL: Decreto Foral 61/2013 de 18 de septiembre (BON 185 de 25/09/2013).
PLAZO DE TRAMITACIÓN LEGAL: 2 meses desde el registro de la documentación completa.
PLAZO ESTIMADO: mes y medio para el envío al Gobierno de Navarra de la propuesta de calificación.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: negativo.
RESOLUCIÓN: Concejal Delegado del Área otorga la licencia.

Gobierno de Navarra otorga la subvención.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

Información relacionada

Órgano gestor

Oficina de Rehabilitación Urbana del Área de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Pamplona (ORVE)

Documentos asociados