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Subvención del Gobierno de Navarra para rehabilitación de edificios y viviendas

Qué es

Tramitación de ayudas del Gobierno de Navarra a la rehabilitación de viviendas y edificios en Pamplona.
Conjuntamente se procede a tramitar la preceptiva licencia de obras.
ACTUACIONES PROTEGIBLES
Obras de reparación, mejora y adecuación a normativa de viviendas y edificios de viviendas que cumplan las condiciones del Decreto Foral 61/2013, se destinen a residencia habitual.

Quién puede realizar el trámite

Propietarios de viviendas y edificios situados en el término municipal de Pamplona.

Importe

Gratuito.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN: consulta con el departamento.

Condiciones de solicitud

La solicitud se hará siempre con anterioridad al inicio de las obras.

Requisitos

Que los edificios cumplan las condiciones exigidas en el Decreto Foral 61/2013 sobre adecuación estructural y funcional; que tenga suficientes condiciones de seguridad constructiva y otras como estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento, redes de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc.
Que el edificio tenga mas de 25 y más del 50% de su superficie se destine a vivienda.
Que no se creen nuevas viviendas (o amplíen existentes) superando los 120 metros cuadrados.
Que el presupuesto de la obra supere los 2.000 euros/vivienda.
Que las obras no hayan comenzado y se ejecuten en un máximo de 36 meses desde su calificación provisional.

Documentación a presentar

Impreso de solicitud.
Proyecto técnico y presupuesto.
Documentación adicional propia de la tramitación de las ayudas(renta, nota simple registral de la vivienda, ...).
Documentación adicional propia de la tramitación de la licencia urbanística (Impresos, liquidación, ...).

Más información

Estos expedientes están sujetos a licencia de obras con sus tasas correspondientes (ver Ordenanzas Fiscales).
Además están sujetos a ICIO: 5% del presupuesto.
Las ayudas dependen de la renta y de las condiciones personales del solicitante.

Normativa

NORMATIVA LEGAL: Decreto Foral 61/2013, de 18 de Septiembre(BON 185 de 25/09/2013).
Ordenanza Fiscal de 2024, Núm. 9 (Epígrafe I.2, I.3) y Num. 3 (anexo).

PLAZO DE TRAMITACIÓN LEGAL: aproximadamente 2 meses desde el registro de la documentación completa.
PAGO DE LA AYUDA: aproximadamente 3 meses después de realizada la obra.
PLAZO ESTIMADO: mes y medio para el envío al Gobierno de Navarra de la propuesta de calificación.

SILENCIO ADMINISTRATIVO: negativo.
RESOLUCIÓN:
Concejal Delegado del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona otorga la licencia.
Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra otorga la subvención.

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

Información relacionada

Órgano gestor

Oficina de Rehabilitación Urbana del Área de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Pamplona (ORVE)

Documentos asociados