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Cesión temporal de armas

Qué es

Para el ejercicio de la caza:
Tanto los españoles como extranjeros residentes, podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de la licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta.

Para la práctica de tiro deportivo:
Los titulares de las pistolas, revólveres y armas de concurso pueden prestar este tipo armas con una autorización por escrito a quienes estén habilitados legalmente para su uso.

Cómo realizar el trámite

Documentación a presentar

DNI.
Permiso de armas.
Autorización escrita, fechada y firmada por el titular del arma para su uso durante 15 días como máximo y precisamente para cazar.

Más información

Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia o sus tarjetas de armas.

INFORMACIÓN OBTENIDA EL 04/04/24 DE LA WEB DE LA GUARDIA CIVIL.

Normativa

Artículo 91 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero (BOE. núm. 55).

Dirección en internet

Información relacionada

Órgano gestor

Guardia Civil ( 9 Zona )

NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.