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Los vehículos de residentes con tarjeta en vigor, dentro de su sector, cuando no sea zona roja en el horario establecido de
pago.
Las motocicletas, ciclomotores excepto los de 3 y 4 ruedas y bicicletas, que deberán estacionar en lugares señalados.
Vehículos comerciales en zonas y horario de carga y descarga.
Autotaxis, ambulancias, bomberos (que se encuentren en servicio).
Vehículos con tarjeta para personas con discapacidad, tanto dentro como fuera de las plazas específicas reservadas para personas
con discapacidad.
Vehículos autorizados en reservados para edificios oficiales, hoteles, etc.
Vehículos con el distintivo oficial de la Dirección General de Tráfico "0 emisiones": eléctricos (BEV), eléctricos de autonomía
extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 Km o vehículos de pila de combustible.
Los vehículos eléctricos e híbridos "0 emisiones" recogidos en el párrafo anterior si son NO residentes, no pueden aparcar
en zona VERDE (solo para residentes) o zona VERDE/ROJA y VERDE/AZUL (en horario de residentes) a no ser que sean residentes
del sector y porten la tarjeta correspondiente a su sector (Tarifa 0 euros) expedida por el Ayuntamiento.