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Obtención de la vecindad foral navarra (Gobierno de Navarra)

Qué es

Solicitar la condición civil foral navarra al estar sujeto al Derecho Civil y a las disposiciones administrativas y fiscales de Navarra.
Tras 2 años de residencia ininterrumpida (o bien automáticamente tras 10 años de empadronamiento) en Navarra, salvo que el interesado se manifieste en contra.

Condiciones de solicitud

Se perderá la condición de vecindad civil foral navarra cuando lleve residiendo 10 años fuera del territorio foral y no haya manifestado, mediante declaración expresa, que desea conservarla. Los que vivan en el extranjero, mientras no pierdan la nacionalidad española, no pierden la vecindad. Si perdiera la nacionalidad, volvería a recuperar la vecindad en el momento que recupere la nacionalidad española.
El matrimonio facilita a cualquiera de los cónyuges a optar por la vecindad civil del otro en todo momento.

Documentación a presentar

DNI.
Certificado de empadronamiento que acredite llevar más de 2 años empadronado en Navarra de forma ininterrumpida antes de pedir la solicitud.
Certificado literal de nacimiento del solicitante expedido por el Registro Civil de la localidad de nacimiento.

Normativa

Arts. 14 y 15 del Código Civil.
Ley 11 y siguientes del Fuero Nuevo de Navarra.

Dirección en internet

Información relacionada

Órgano gestor

Dirección General de Función Pública (Gobierno de Navarra) (CADUCADA)

NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.