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OK | POLÍTICA DE COOKIESCambio de orden entre los dos primeros apellidos del solicitante.
Gratuito.
En cualquier momento desde que se alcanza la mayoría de edad, por una sola vez y personalmente en el Registro Civil del municipio donde se está empadronado.
Ser mayor de edad o ser los tutores legales del menor o incapacitado.
RECIÉN NACIDO:
Solicitud de cambio de orden de los apellidos del recién nacido.
Solicitud dirigida al Juez Encargado del Registro Civil que corresponda.
Certificado del matrimonio de los padres, y si no existiese, certificado de nacimiento de estos.
Declaración del mutuo acuerdo de los padres sobre el cambio del orden de los apellidos del hijo.
PERSONA MAYOR DE EDAD:
Solicitud de inversión de apellidos realizada por el mayor de edad.
Certificado de nacimiento.
IMPORTANTE: utilizar esta facultad es una opción que sólo se puede utilizar una sola vez.
INFORMACIÓN OBTENIDA EL 02/03/22 DE LA WEB DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.
Normativa legal aplicable: Código Civil y Reglamento del Registro Civil.
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.