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OK | POLÍTICA DE COOKIESCambio de orden entre los dos primeros apellidos del solicitante.
La persona interesada, si es mayor de 16 años, o su representante legal si es menor.
Gratuito.
Presencialmente en el Registro Civil donde conste inscrito el nacimiento.
Puede enviarse por correo al Registro Civil que corresponda.
Solicitud dirigida al registro civil correspondiente expresando el motivo por el que se pide el cambio.
Certificación literal de nacimiento.
Pruebas documentales que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en cada caso para el supuesto en el que se basa
la petición.
Para acreditar la pertenencia legítima del apellido deben aportarse certificaciones de las inscripciones de nacimiento de
los ascendientes que ostentaran el apellido pretendido y, a falta de estas, las partidas de bautismo.
Cuando se trata de adaptar gráficamente los apellidos a otras lenguas españolas, es preciso aportar certificado de la academia
correspondiente a la lengua oficial de que se trate.
IMPORTANTE: utilizar esta facultad es una opción que sólo se puede utilizar una sola vez.
INFORMACIÓN OBTENIDA EL 26/03/25 DE LA WEB DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.