Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para gestionar su visita en la página. Si continua navegando, entenderemos que nos facilita su consentimiento para usar dichas cookies. Si desea más información consulte la política de cookies.
OK | POLÍTICA DE COOKIESSolicitar la nacionalidad española por residencia por parte de extranjeros e hijos de extranjeros en el Registro Civil del lugar de domicilio.
Extranjeros que hayan residido en España con residencia legal.
Solicitar cita previa personalmente en el Registro Civil, si está empadronado en esta ciudad o su partido judicial.
RESIDENCIA LEGAL ININTERRUMPIDA:
Dos años para los países iberoamericanos, Filipinas, Andorra, Portugal y Guinea Ecuatorial.
Cinco años para personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
Diez años para los ciudadanos de los demás países.
Un año para el nacido en territorio español, el casado con español/la y no separado, que originariamente hayan sido españoles.
Código Civil, Ley y Reglamento del Registro Civil.
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.