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Permiso de conducir - Renovación o prórroga de los permisos y licencias de conducción

Qué es

VIGENCIA:
Las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E:
5 años: mientras su titular no cumpla los 65 años de edad.
3 años: a partir de los 65 años.

La clases B (turismos):
10 años: hasta que su titular cumpla los 65 años de edad.
5 años: a partir de los 65 años.

No obstante, el periodo normal de vigencia de las diversas clases de permisos y licencias de conducción podrá reducirse si se comprueba que el titular padece enfermedad o deficiencia que es susceptible de agravarse.

El permiso o licencia de conducción cuya vigencia hubiese vencido no autoriza a su titular a conducir.

Importe

Consultar en la pág. web adjunta de la Dirección General de Tráfico.

Condiciones de solicitud

La solicitud de prórroga deberá presentarse dentro del periodo de 3 meses anterior a la fecha de la pérdida de vigencia. Una vez caducados en cualquier momento se podrá solicitar la renovación del mismo, siempre que se reúnan las aptitudes psicofísicas correspondientes y se presente la documentación aquí señalada.

Requisitos

Ser titular de un permiso o licencia de conducción válido y susceptible de ser prorrogada su vigencia.

Documentación a presentar

RENOVACIÓN EN LA JEFATURA DE TRÁFICO O EN LOS CENTROS DE RECONOCIMIENTO:

Consultar en la pág. web adjunta de la Dirección General de Tráfico.

Más información

La privación por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores; la intervención; medida cautelar o suspensión del permiso o licencia, tanto se hayan acordado en vía judicial o administrativa, todas ellas son causas que impiden la prórroga de vigencia hasta su cumplimiento además de, la pérdida de vigencia por la retirada total de los puntos asignados.


INFORMACIÓN OBTENIDA EL 26/02/24 DE LA WEB DE LA DGT.

Dirección en internet

Órgano gestor

Jefatura Provincial de Tráfico

NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.