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OK | COOKIE-POLITIKASolicitud de baja en el padrón municipal por retorno al país de origen, o traslado a otro país.
La persona física interesada o su representante.
Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimir los que necesite, cumplimentarlos y presentarlos en la Oficina de Atención Presencial, (Palacio Condestable, C/ Mayor-2), del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Izapide egiteko>Esta opción le llevará a una sección de documentos descargables. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimir los que necesite, cumplimentarlos y presentarlos en la Oficina de Atención Presencial, (Palacio Condestable, C/ Mayor-2), del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.
Eskabide-orria behera kargatu>Antes de acudir a esta oficina debe solicitar cita previa por Internet
Solicitar cita previa>Gratuito.
Ciudadanos españoles: la baja en el padrón municipal de habitantes de Pamplona por traslado a otro país se realiza de oficio
por el Ayuntamiento una vez el ciudadano se inscribe en el consulado de destino, y este lo comunica a través del INE. Puede
agilizarse el trámite presentando el certificado de inscripción consular.
Ciudadanos extranjeros: presencialmente en la OAC antes de abandonar el país, o enviando la documentación solicitada desde
el país de destino.
Ciudadanos españoles: certificado de inscripción consular o equivalente.
Ciudadanos extranjeros:
TRAMITACIÓN PERSONAL: documento de identidad de la persona a dar de baja: tarjeta de extranjero o pasaporte y documento que
acredite el abandono del país (billete de avión, tren...). En caso de irse por medios personales, deberá realizar la solicitud
por correo postal desde el país de destino.
TRAMITACIÓN NO PRESENCIAL: solicitud firmada de baja en el padrón municipal de Pamplona, indicando el país al que se ha trasladado.
Fotocopias de los documentos que acrediten la identidad de las personas a dar de baja: tarjeta de extranjero o pasaporte.
Todo ello enviado por correo postal desde el país de destino a la Oficina de Atención Ciudadana.
NORMATIVA LEGAL:
Ley que modifica la Ley de Bases de Régimen Local en relación con el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE 11
de 12/01/1996).
Real Decreto que modifica el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales aprobado por el Real
Decreto 1690/1986, de 11 de junio (Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre; BOE 14 de 16/01/1997).
Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal de 17 de febrero de 2020 (BOE
122 de 02/05/2020).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta
gestión del trámite.
Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Pamplona