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DNIe - Qué duración tiene el certificado incorporado

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Los certificados electrónicos ya que, con independencia de lo que establece el artículo 6.1 sobre la validez del Documento Nacional de Identidad, la vigencia de los certificados electrónicos reconocidos incorporados al mismo no podrá ser superior a cinco años ( Real Decreto 414/2015, de 29 de mayo).

La pérdida de validez del Documento Nacional de Identidad llevará aparejada la pérdida de validez de los certificados reconocidos incorporados al mismo. La renovación del Documento Nacional de Identidad o la expedición de duplicados del mismo implicará, a su vez, la expedición de nuevos certificados electrónicos.

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