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La vigencia de los certificados electrónicos reconocidos, incorporados al Documento Nacional de Identidad, no podrá ser superior
a cinco años (Real Decreto 414/2015, de 29 de mayo).
Teniendo en cuenta la legislación vigente (que marca el máximo de validez en 60 meses) y con el fin de asumir los objetivos
del Esquema Nacional de Seguridad para el aseguramiento e interoperabilidad de las gestiones electrónicas, actualmente el
plazo de validez de los certificados electrónicos contenidos en el DNI serán de 24 meses.
La pérdida de validez del Documento Nacional de Identidad llevará aparejada la pérdida de validez de los certificados reconocidos
incorporados al mismo. La renovación del Documento Nacional de Identidad o la expedición de duplicados del mismo implicará,
a su vez, la expedición de nuevos certificados electrónicos.
NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.